Desde que nació Internet, mucha gente lo ha utilizado como herramienta para “tirar la piedra y esconder la mano”. El anonimato o la distancia han permitido siempre criticar y atacar (e incluso en ocasiones amenazar) a otras personas por distintos motivos sin miedo a las consecuencias.
No obstante, esto ya no parece que vaya a ser tan fácil. El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santander ha determinado que una campaña de desprestigio realizada por un cliente insatisfecho contra una clínica veterinaria sea castigado con más de 35.000 €.
El Juzgado entiende que las críticas divulgadas sobre los profesionales demandantes exceden del derecho a la libertad de expresión e información y han conllevado un perjuicio económico a la clínica que no tenía por qué soportar.
La resolución dictada se fundamenta en que muchas de las reseñas eran realizadas por personas que no fueron clientes en ningún momento, sino que se trataban de familiares y amigos del cliente insatisfecho.
En definitiva, el anonimato de internet no protege a aquellos que usan las reseñas online, tan importantes para las empresas y profesionales, con fines que no son los de información sobre los servicios prestados sino con la intención de atacar la imagen y el prestigio que tanto cuesta conseguir.
El derecho a la libertad de expresión termina cuando la información que se da no es de trascendencia política, económica o social, o cuando dicha información no es veraz. Cualquier persona puede disentir públicamente de la actuación de un profesional, pero dicha crítica deja de ser legítima cuando se injuria, se ofende innecesariamente o se insinúan hechos que provocan un daño injustificado a la dignidad del profesional criticado.
En este caso, dado que muchas de las críticas provenían de personas que no habían sido siquiera clientes, el tribunal no tuvo dudas a la hora de dictar sentencia condenatoria contra el demandado.
Esta resolución, aunque sea de un Juzgado de 1ª Instancia, es muy relevante a la hora de valorar cuándo aplica en Internet el derecho a la libertad de expresión e información y cuando se está creando una intromisión en el derecho al honor de la persona criticada, cuestiones que están más que analizadas por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Supremo, pero que, a día de hoy, siguen generando dudas, debiendo ir caso por caso, y más aún con las reseñas online que realizan los clientes.
Por tanto, prestad atención a lo que publicáis porque podría acarrear consecuencias económicas muy graves si las críticas al profesional van más allá de la mera información de un servicio.